Podrá invertir entre 0%-100% de su patrimonio en IIC financieras (activo apto), armonizadas o no (máx. 30% no armonizadas), pertenecientes o no al grupo de la Gestora.
Al menos un 65% de la exposición total en empresas relacionadas con el ámbito de la salud, sanidad y farmacia (sectores: biotech, farmacéutico, cuidados para la salud, equipos médicos, investigación, seguros salud-vida, alimentación saludable…).
Este producto financiero no tiene un objetivo de inversión sostenible, pero se compromete a promocionar características medioambientales y/o sociales, manteniendo un mínimo del 30% de inversiones con objetivo sostenible alineadas al Objetivo de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas de Salud y Bienestar (ODS 3).
Entre 30%-75% de la exposición total se invertirá en renta variable de cualquier tipo de capitalización bursátil. El resto se invertirá en renta fija, tanto pública como privada (incluyendo depósitos e instrumentos del mercado monetario, cotizados o no, líquidos), sin duración media predeterminada de la cartera y con un mínimo del 51% exposición renta fija con rating igual a superior a BBB- (calidad crediticia media).
Tanto la renta fija como la renta variable, será principalmente de mercados/emisores OCDE y hasta 20%, en mercados/emisores de países emergentes.
Se podrá invertir en bonos emitidos por estas empresas que sean convertibles en acciones.
Exposición divisa: 0%-100%.
De forma directa, solo se realiza operativa con derivados cotizados en mercados organizados (no se hacen OTC), aunque de forma indirecta (a través de IIC), se podrá invertir en derivados OTC.
La inversión en acciones de baja capitalización y en emisiones de baja calificación crediticia puede influir negativamente en la liquidez del fondo.
Se podrá invertir más del 35% del patrimonio en valores emitidos o avalados por un Estado de la UE, una Comunidad Autónoma, una Entidad Local, los Organismos Internacionales de los que España sea miembro y Estados con solvencia no inferior a la de España.
Se podrá operar con derivados negociados en mercados organizados de derivados con la finalidad de cobertura y de inversión y no negociados en mercados organizados de derivados con la finalidad de cobertura y de inversión.
Se podrá invertir hasta un máximo conjunto del 10% en activos que podrían introducir mayor riesgo que el resto de las inversiones, entre otros, por su de liquidez, tipo de emisor o grado de protección al inversor.